1. OBJETO. Por medio de la presente, solicito ser incluido como adherente al Servicio de INI, por referencia de ARCOR S.A.I.C (en adelante, el “Referenciador”), de acuerdo con las siguientes condiciones comerciales detalladas específicamente para el ecosistema de pagos relacionado con el uso de la plataforma TOKIN, propiedad del Referenciador (la “Solicitud de Adhesión al Servicio”):
1.1 La presente solicitud de adhesión es un anexo a la aceptación de los términos y condiciones de los servicios proporcionados por INI PAGOS S.A. – CUIT N° 30-71795406-4 (los “Términos y Condiciones” e “INI”, respectivamente), e incluye además las condiciones comerciales que regulan los derechos y obligaciones al adherirse a los Servicios de cobro para la acreditación de pagos del firmante (el “Comercio”) en la cuenta configurada a su nombre durante el proceso de registro.Todos los términos que inicien con mayúscula no definidos en la presente Solicitud de Adhesión del Servicio tendrán el significado asignado en los Términos y Condiciones.
2. COMISIONES, TASAS Y DESCUENTOS. El Comercio asume el compromiso de abonar a INI las Comisiones y/o cargos asociados a la prestación del Servicio. A tal efecto, otorga una autorización expresa e irrevocable a INI para efectuar automáticamente el débito del monto correspondiente por la comisión del Servicio directamente de sus ingresos. Este descuento se realizará de manera automática por cada transacción efectuada en el marco de los Servicios. Asimismo, INI se encargará de liquidar y descontar de forma automática los impuestos y/o tasas actuales y/o futuras que correspondan al Comercio como consecuencia de la utilización del Servicio.
3. ACEPTACIÓN. El Comercio manifiesta su conocimiento, aceptación y consentimiento respecto a las Comisiones detalladas, las cuales podrían ser modificadas previo aviso de INI al Comercio, los cuales pueden estar motivados a cambios en la operativa de las empresas adquirentes de tarjetas de crédito y otros servicios financieros integrados en el marco de los Servicios ofrecidos por INI. Todas las Transacciones realizadas por el Comercio a través del Servicio, la Plataforma y la Terminales POS de INI se consideran válidas y atribuidas al Comercio, incluyendo a su personal directo e indirecto relacionado con la operación comercial. El Comercio asume la responsabilidad total de la manipulación tanto del Software de Cobro como del hardware relacionado a los Dispositivos de INI. Al realizar estas Transacciones, el Comercio acepta las Comisiones y condiciones comerciales especificadas en este documento, así como aquellas que puedan comunicarse en el futuro mediante los medios pertinentes. En consecuencia, el Comercio asume plena responsabilidad por el uso del Servicio y la Terminal POS y el acceso y uso por terceras personas, renunciando el Comercio a realizar cualquier reclamo contra INI por operaciones realizadas por terceras partes no autorizadas.
4. ACTUALIZACIONES. INI deberá notificar al Comercio de eventuales actualizaciones, modificaciones y/o ajustes en las Comisiones y/o cargos y/o Plazos de Acreditación con una antelación mínima de (30) treinta días corridos antes de su entrada en vigencia. Las notificaciones se efectuarán al correo electrónico del Comercio proporcionado durante el proceso de registro de alta o mediante avisos y notificaciones en la interfaz de usuario de la Plataforma, ya sea en sus versiones de escritorio o móvil.
5. TERMINAL POS. Bonificación, entrega de equipamiento y responsabilidades.
5.1 Entrega en Comodato de la Terminal POS. En un plazo máximo de 7 (siete) días hábiles desde la aceptación de la presente Solicitud de Adhesión al Servicio, INI proporcionará en comodato gratuito al Comercio la Terminal POS de propiedad de INI, bonificado al 100%. La Terminal POS se trata de un equipo modelo T1 Plus de la marca Topwise y/o similar el cual deberá ser devuelto a INI dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del Servicio conforme se detallada en el apartado 5.2 de la presente Solicitud de Adhesión al Servicio. La restitución puede realizarse según las instrucciones de INI, debiendo permitir el Comercio el acceso a personal autorizado por INI o por el Referenciador en el domicilio del Comercio o mediante el envío por correo a la dirección de INI, siendo los gastos de devolución de responsabilidad exclusiva del Comercio.
5.1.1 Condición Comercial y plazo para la bonificación. Con el fin de obtener el beneficio de la bonificación del 100% en la Terminal POS, el Comercio deberá mantener activo el uso de la Terminal POS y la Cuenta de Comercio por un Plazo Mínimo de doce (12) meses, en línea con la duración mínima del Servicio proporcionado por INI. Caso contrario, INI podrá reclamar el precio o retener de su Cuenta de Pago el precio de la Terminal POS vigente al momento de la restitución. El Comercio acepta que la activación, vinculación y uso de su Terminal POS en la Plataforma de INI se realizará directamente a través de la Cuenta de Comercio abierta durante el proceso de registro.
5.1.2 Plazo Mínimo. A menos que se acuerde un plazo diferente en acuerdos específicos, la duración mínima predeterminada del Servicio será de doce (12) meses, renovándose automáticamente por períodos idénticos a menos que alguna de las partes comunique su decisión en contrario con un preaviso fehaciente de treinta (30) días de anticipación sin penalidad alguna para las Partes.
5.2 Restitución y Rescisión. INI se reserva el derecho de exigir en cualquier momento la devolución de la Terminal POS y puede rescindir unilateralmente el contrato en caso de detectar mal uso y/o uso inadecuado por parte del Comercio de la Terminal POS y/o de la Plataforma de INI, así como cualquier incumplimiento de los Términos y Condiciones y/o de la presente Solicitud de Adhesión al Servicio, sin que esto dé lugar a penalización alguna. El Comercio deberá efectuar la restitución en el plazo establecido por INI, sin exceder los diez (10) días hábiles. INI también podrá rescindir el Servicio y solicitar la inmediata restitución de la Terminal POS y/o su penalización en caso de alguna de las siguientes circunstancias, sin ser taxativo:Incumplimiento por parte del Comercio de alguna de las obligaciones de la presente Solicitud de Adhesión al Servicio y/o de los Términos y Condiciones.Pedido de quiebra y/o presentación en concurso preventivo por parte del Comercio.Cualquier otra razón que, a criterio de INI, constituya un motivo suficiente que justifique la rescisión unilateral.
5.3 Notificación de Desperfectos. El Comercio se compromete a informar a INI sobre cualquier desperfecto y/o falla en el funcionamiento de la Terminal POS, permitiendo a INI tomar las medidas necesarias para resolver la dificultad. Los costos asociados a la reparación serán sufragados por el Comercio solo en aquellos casos en los que la falla y/o desperfecto sea imputable a un uso indebido evidente por parte del Comercio.
5.4 Pérdida y/o Rescisión. En caso de pérdida total y/o parcial de la Terminal POS debido a la culpa del Comercio, que incluye una restitución defectuosa por mal estado de uso, conservación y seguridad, o si se produce una rescisión unilateral del Servicio por parte del Comercio antes del plazo establecido para la bonificación de doce (12) meses, este estará sujeto a una penalidad equivalente al costo de reposición del equipo, es decir, la suma de Dólares Estadounidenses doscientos veinticuatro (U$D 224), o su proporcional contado por los meses transcurridos desde la firma del presente hasta la rescisión efectiva. Dicho importe podrá ser debitado de la Cuenta de Pago del Comercio, considerando los cobros pendientes de acreditar u otras vías, incluyendo la judicial o extrajudicial. Se aplicará el tipo de cambio "vendedor" informado por el Banco Nación de la República Argentina en la fecha del reclamo.
6. USO Y CONSERVACIÓN DE LA TERMINAL POS
6.1. Uso del Bien. El Comercio se compromete de manera explícita a emplear la Terminal POS recibida exclusivamente para el cobro de Transacciones comerciales en su establecimiento. Se prohíbe al Comercio realizar cualquier modificación en la Terminal POS, y en caso de infringir esta restricción, INI podrá exigir la devolución del equipo y/o su restitución a su estado original en forma inmediata.
6.2. Mejoras no autorizadas: Queda terminantemente prohibido al Comercio realizar cualquier modificación o mejora no autorizada en la Terminal POS. En caso de contravenir esta disposición, INI se reserva el derecho de exigir la devolución del Dispositivo y/o su restitución a su estado anterior. Además, el Comercio asumirá los costos asociados a la reparación de cualquier avería resultante de dichas mejoras, renunciando expresamente a cualquier derecho de repetición.
6.3. Responsabilidad por Averías: El Comercio se compromete a asumir los costos de reparación de cualquier avería que surja durante el uso de la Terminal POS que haya sido causa de un mal uso evidente por parte del Comercio. Esta responsabilidad incluye el pago por los arreglos necesarios, y el Comercio renuncia a cualquier derecho de repetición en relación con estos costos.
6.4. Conservación: El Comercio se compromete a preservar en óptimas condiciones y utilizar la Terminal POS recibida de acuerdo con su propósito previsto, así como a salvaguardar dicho equipamiento sin incurrir en su comercialización. En caso de robo, hurto y/o extravío del equipo, el Comercio deberá presentar la correspondiente denuncia ante la dependencia policial o autoridad competente en un plazo no mayor a 48 horas desde la ocurrencia del hecho. Además, se requiere una comunicación inmediata con el equipo de Soporte de INI para informar sobre la denuncia presentada.
7. Liberación de responsabilidad del Referenciador. El Comercio reconoce y acepta que su única relación comercial es con INI y, por lo tanto, exonera de cualquier responsabilidad al Referenciador, renunciando el Comercio en forma total, irrevocable y definitiva a reclamar a cualquier derecho de reclamo, compensación y/o indemnización por cualquier causa y/o motivo en contra del Referenciador en relación con los Servicios prestados por INI, los Términos y Condiciones, la Solicitud de Adhesión al Servicio y la Política de Privacidad; incluido, pero no limitado a, el ejercicio de parte de INI de sus derechos obligaciones, funciones y tareas bajo los Términos y Condiciones, la Solicitud de Adhesión al Servicio y/o la Política de Privacidad y/o con los actos, procedimientos y/u operaciones contemplados y/o relacionados con los mismos.
8. Datos Personales. El Comercio se compromete a cumplir con las leyes y normas, nacionales e internacionales, aplicables en materia de privacidad y protección de datos, incluyendo, entre otras, la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326, su Decreto Reglamentario N° 1558/2001, demás normativa relacionada y aquella que en el futuro se dicte, así como las resoluciones y disposiciones emanadas de autoridades competentes y demás normativa de la autoridad de aplicación y de autoridades internacionales que resulte aplicable, como también la política de privacidad de INI, a la cuál haya adherido.
9. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Esta Solicitud de Adhesión al Servicio se rige por las leyes de la República Argentina. Las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Para todo tipo de notificación, tanto judicial como extrajudicial, se establece que el domicilio de INI será en Del Valle Iberlucea 2295, 1643, Beccar, Provincia de Buenos Aires, mientras que el Comercio designará como su domicilio el consignado en su solicitud de registro.